Política de Reclamaciones

La calidad del servicio a sus clientes es uno de los pilares de la actividad de Intercam FX, y nos esforzamos cada día por ofrecerle el más alto nivel de servicio.
A pesar de ello, si considera que ha sufrido un tratamiento negligente, incorrecto o no ajustado a Derecho, tiene derecho a presentar sus Quejas y Reclamaciones al Servicio de Atención al Cliente (S.A.C.) de Intercam FX.

El SAC de Intercam FX es un servicio especializado y autónomo de atención al cliente encargado de proteger los derechos e intereses legítimos de los clientes en sus relaciones con la Sociedad y tramitar las quejas y reclamaciones presentadas, directamente o mediante representación, por todas las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que reúnan la condición de cliente de Intercam FX, siempre que tales quejas y reclamaciones se refieran a sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros, en particular, del principio de equidad.

Para ello, deberá remitir al S.A.C. de Intercam FX un documento en el que se hará constar:
  1. Nombre y apellidos (o razón social) y domicilio del Cliente y, en su caso, de la persona que lo represente, y la acreditación de dicha representación; y el D.N.I., pasaporte o N.I.E. o los datos del registro público correspondiente;
  2. Motivo de la Queja o Reclamación, especificando claramente cuáles son las cuestiones sobre las que se solicita un pronunciamiento;
  3. Oficina, departamento o servicio donde se hubieran producido los hechos objeto de la Queja o Reclamación;
  4. Que Usted no tiene conocimiento de que la materia objeto de la Queja o Reclamación está siendo sustanciada a través de un procedimiento administrativo, arbitral o judicial;
  5. Lugar, fecha y firma.
Junto con ese documento, deberá aportar las pruebas documentales que obren en su poder y en las que se fundamente su Queja o Reclamación.

La documentación recogida en los párrafos anteriores podrá presentarse en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, siempre que éstos permitan la lectura, impresión y conservación de los documentos, y siempre de conformidad con las exigencias previstas en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

Las Quejas o Reclamaciones pueden presentarse:
  1. Enviando un correo electrónico a la dirección sac@intercamfx.com. 
  2. Enviando correo postal a la dirección:
Servicio de Atención al Cliente
Intercam FX, S.L.
Plaza de la Lealtad nº 2 planta 5ª
28014 Madrid, España
  1. Personalmente en las oficinas de Intercam FX sitas en la dirección arriba indicada.
Intercam FX responderá a su queja o reclamación en el plazo máximo de quince (15) días laborables. En situaciones excepcionales, si Intercam FX no puede ofrecerle una respuesta en el plazo de quince días hábiles por razones ajenas su voluntad, la Entidad le remitirá una respuesta provisional, indicando claramente los motivos del retraso y especificando el plazo en el cual el recibirá la respuesta definitiva.

Para mayor información sobre la tramitación de quejas y reclamaciones, Intercam FX pone a su disposición su Reglamento para la defensa del cliente de la Sociedad, que se puede encontrar en el siguiente enlace.

Si no está satisfecho con el resultado de la queja o reclamación o no ha recibido respuesta una vez transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior, podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España mediante la presentación de la reclamación por cualquiera de los medios indicados en el presente enlace.

La dirección postal del Servicio de Reclamaciones del Banco de España es:
Banco de España
Departamento de Conducta de Entidades
C/Alcalá 48
28014 Madrid
Normativa general de protección de los consumidores y condiciones de contratación
  1. Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  2. Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.
Normativa general sobre protección de la clientela de servicios de pago y dinero electrónico
  1. Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
  2. Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
  3. Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
Servicio de atención al cliente y defensor del cliente
  1. Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  2. Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.
  3. Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
Para mayor información sobre la tramitación de quejas y reclamaciones, Intercam FX pone a su disposición su Reglamento para la defensa del cliente de la Sociedad, que se puede encontrar en el siguiente enlace.
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